La edad legal de jubilación sube a 66 años y ocho meses en 2025

La edad legal de jubilación sube a 66 años y ocho meses en 2025

A partir del 1 de enero de 2025, los españoles que deseen jubilarse con el 100% de la pensión tendrán que tener al menos 66 años y ocho meses cumplidos si han cotizado menos de 38 años y tres meses, según lo estipulado en la reforma de pensiones de 2013. Esta norma eleva progresivamente la edad de jubilación de 65 a 67 años en un período de 15 años.

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Quienes hayan superado los 38 años y tres meses de cotización podrán retirarse con el 100% de la pensión a los 65 años. La cotización mínima para acceder a una pensión contributiva no cambia: 15 años de aportes, con al menos dos años dentro de los 15 previos a la jubilación.

Jubilación parcial y anticipada

En el caso de la jubilación parcial, la edad mínima será la misma que la ordinaria si no se firma un contrato de relevo. Con un contrato de relevo, se podrá acceder a la jubilación parcial en 2025 a los 62 años y ocho meses, siempre que se hayan cotizado más de 36 años y tres meses, o a los 63 años y cuatro meses con un mínimo de 33 años cotizados.

Por otro lado, la jubilación anticipada voluntaria permitirá retirarse hasta 24 meses antes de la edad ordinaria. En 2025, esto significará que los trabajadores podrán jubilarse a los 64 años y ocho meses si han cotizado al menos 35 años. Aquellos con carreras más largas podrán hacerlo desde los 63 años.

En el caso de jubilación anticipada forzosa, los trabajadores podrán retirarse hasta 48 meses antes de la edad legal ordinaria, es decir, a partir de los 62 años y ocho meses en 2025, siempre que hayan cotizado al menos 33 años.

En ambas modalidades, la Seguridad Social aplicará coeficientes reductores sobre la cuantía de la pensión en función de los meses de adelanto y los años cotizados, que pueden oscilar entre un 21% y un 3,26% para jubilación voluntaria, y entre un 30% y un 0,50% para la forzosa.

Jubilación demorada y nuevas reformas

Aquellos que decidan retrasar su jubilación recibirán bonificaciones. Estas pueden ser un incremento del 4% de la pensión por cada año de demora, una cantidad a tanto alzado o una combinación de ambas si el retraso supera los dos años.

Además, la última reforma de pensiones, acordada en julio de 2024, introduce nuevas condiciones para la jubilación demorada, como bonificaciones adicionales cada seis meses a partir del segundo año. También se amplía de dos a tres años el período de anticipo en la jubilación parcial y se refuerzan las condiciones laborales del relevista, cuya contratación será indefinida y a jornada completa.

Otro aspecto destacado es la compatibilidad entre trabajo y pensión. A partir de 2025, los trabajadores que retrasen su jubilación podrán percibir un porcentaje creciente de su pensión mientras trabajan, alcanzando el 100% tras cinco años de demora.

La reforma también establece un marco para reducir la edad de jubilación en ocupaciones especialmente penosas o peligrosas, evaluando factores como la incidencia de bajas médicas o incapacidades permanentes.

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