Magistrados piden responsabilidad penal para los colegios que ignoren el acoso escolar

Magistrados piden responsabilidad penal para los colegios que ignoren el acoso escolar

Juristas de alto nivel han criticado con dureza la “inmunidad” de la que gozan numerosos centros educativos que no aplican adecuadamente los protocolos de prevención del acoso escolar. Durante una jornada celebrada por la Sección de Infancia y de Abogados Penalistas del Colegio de la Abogacía de Madrid, el magistrado del Tribunal Supremo Vicente Magro ha reclamado una tolerancia cero frente a los incumplimientos en materia de protección infantil en el entorno escolar.

Magro ha advertido que los colegios tienen el deber de proteger al menor, no de desatenderlo. “El centro escolar no está solo para enseñar asignaturas, sino también para educar en valores, convivencia e igualdad”, ha recordado. En su intervención, ha señalado la necesidad urgente de implementar protocolos efectivos contra el acoso escolar y de asumir que la responsabilidad de prevenirlo recae sobre el centro, donde el menor pasa la mayor parte de su tiempo y donde, por naturaleza, se producen estos casos.

El magistrado ha lamentado que, en la actualidad, los casos de acoso escolar se resuelvan únicamente con responsabilidad civil y que esta recaiga en los padres del menor agresor o en el propio centro, pero sin consecuencias penales reales. Especialmente preocupante, ha indicado, es la situación de los menores de 14 años, que son inimputables penalmente.

“La solución no puede ser indemnizar con una póliza de seguros la muerte de un niño. Ningún padre quiere un euro manchado de sangre”, ha afirmado. A su juicio, limitarse a compensar económicamente el daño es una burla al sufrimiento de las familias y no resuelve el problema de fondo, que es la permisividad institucional ante el acoso.

Ante cifras de acoso escolar que calificó de “brutales”, Magro ha defendido que ya existen herramientas jurídicas y profesionales para prevenir eficazmente esta lacra. No obstante, ha lamentado que se siga sin actuar, permitiendo que se mantenga una situación de desigualdad entre alumnos, según el centro al que asistan.

El magistrado ha insistido en que todos los centros deben estar obligados por igual a aplicar los programas de prevención, sin distinción entre públicos, concertados o privados. “La escuela es para todos y no puede haber centros excluidos de la responsabilidad”, ha declarado.

Como medida concreta, ha recordado la figura del Coordinador de Bienestar y Protección, obligatoria por ley, que debe encargarse de activar los protocolos en caso de acoso. Asimismo, ha señalado la necesidad de habilitar canales confidenciales de denuncia que permitan a los menores alertar de las situaciones que padecen.

En esta misma línea, el magistrado de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional Fermín Javier Echarri ha subrayado que todos los centros, incluidos los extranjeros con sede en España, están sujetos a la normativa nacional. Ha dejado claro que no existe exención jurisdiccional cuando los hechos tienen lugar en territorio español, incluso si se trata de centros educativos de titularidad extranjera.

Por su parte, el profesor titular de Derecho Penal Carlos Gómez-Jara Díez ha denunciado la falta de consecuencias para los centros que no aplican los protocolos. “Hay una cierta conciencia histórica de que con los colegios no se puede hacer nada”, ha dicho, instando a generar una masa crítica que reclame una verdadera responsabilidad penal para estos casos.

Gómez-Jara ha reclamado que, si los centros no actúan por convicción, lo hagan por temor a las consecuencias legales. “La responsabilidad civil les da igual porque tienen seguros. Si no cumplen, que respondan penalmente”, ha sentenciado.

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