La Audiencia de Madrid dictará sentencia el 19 de marzo en el caso mascarillas

La Audiencia de Madrid dictará sentencia el 19 de marzo en el caso mascarillas

La Audiencia Provincial de Madrid hará pública el próximo 19 de marzo la sentencia del conocido como caso mascarillas, en el que se juzga a Luis Medina y Alberto Luceño por una presunta estafa al Ayuntamiento de Madrid durante la pandemia. Ambos están acusados de haber cobrado comisiones millonarias por la venta de material sanitario defectuoso al Consistorio, que desembolsó cerca de once millones de euros en plena emergencia sanitaria. La vista oral finalizó el pasado 27 de febrero tras ocho sesiones y con las defensas solicitando la absolución de sus representados.

Según la resolución judicial, el tribunal ha citado a las partes y a los acusados, a través de sus representantes legales, el próximo martes 19 de marzo a las 10.30 horas en la sede de la Audiencia Provincial de Madrid para comunicar la sentencia. La causa ha centrado el foco público por la magnitud de las cifras y por tratarse de una operación desarrollada durante el momento más crítico de la crisis del Covid-19.

En sus alegatos finales, los letrados de los acusados defendieron la legalidad de las operaciones. El abogado de Luis Medina, José Antonio Choclán, argumentó que no se puede hablar de sobrecoste al tratarse de un mercado sanitario colapsado y sin precios de referencia, y defendió que el suministro se efectuó conforme a contrato. También negó que se haya ocultado dinero, y recalcó que el objetivo era traer material sanitario.

En la misma línea, el abogado de Alberto Luceño sostuvo que no existió ocultación de los cinco millones de euros que su cliente recibió en concepto de comisiones, e insistió en la transparencia de las operaciones, afirmando que no se ocultó información relevante ni se incumplieron los contratos firmados con el Ayuntamiento.

En sus conclusiones, el fiscal del caso mantuvo las penas de nueve años de prisión para Luis Medina y quince para Alberto Luceño por estafa agravada, falsedad en documento mercantil, falsedad documental y delito fiscal. Además, solicitó la inhabilitación de ambos para ejercer el comercio durante el tiempo de la condena.

El Ministerio Público defendió que ha quedado plenamente acreditado el ánimo de lucro, citando expresiones utilizadas por los acusados como "pá la saca" o "pelotazo", así como las elevadas comisiones cobradas: un 149% en el caso de las mascarillas, un 244% en los test y un 426% en los guantes. Añadió que ambos ocultaron sus comisiones y fingieron actuar de forma altruista, engañando al Consistorio.

Según el fiscal, los acusados falsearon su experiencia en comercio internacional y se aprovecharon de las circunstancias extraordinarias de la pandemia para inflar los precios de los productos, incurriendo en un engaño que constituye el núcleo del delito de estafa.

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